4- El DVA
El documento de voluntades anticipadas (DVA) es un documento escrito, dirigido al equipo médico, en el que una persona deja constancia de las instrucciones a seguir en el futuro, por si en ese momento no pudiera expresar personalmente su voluntad. El documento puede ser modificado y revocado en cualquier momento mientras se conserve la capacidad para tomar decisiones. Hasta ese momento, prevalecerá la decisión de la persona sobre lo recogido en el documento.
Puede hacerlo cualquier persona competente, no incapacitada judicialmente y que actúe libremente.
Lo que conviene tener en cuenta:
Reflexionar sobre tus valores y preferencias en relación con el final de la vida.
Comenta con su familia más próxima y con la/s persona/s que usted elija como su/s representante/s las decisiones que desee reflejar en el DVA.
Consulte y comente el posible contenido del DVA en su centro de salud, donde mejor le podrán asesorar sobre la evolución de una enfermedad y las consecuencias de tomar una u otra decisión.
Tenga en cuenta que, aunque usted lo manifieste, no se pueden realizar actuaciones en contra de la ley.
Para que su documento sea conocido y efectivo en el futuro, conviene que registre su DVA.
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